BORRADOR DEL ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA EL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DE 2022.
En Santibáñez de Valcorba, siendo las trece horas del día veintiséis de septiembre de dos mil veintidós, se reúnen en el Salón de Actos de la Casa Consistorial el Pleno del Ayuntamiento, habiendo asistido los Concejales que al margen se relacionan, bajo la Presidencia del Alcalde, D. Manuel Agustín Fernández González, con el fin de celebrar sesión ordinaria para la que habían sido reglamentariamente convocados:
- Daniel Escalante Alonso.
- Jorge Mozo Caamaño.
- Juan José Fernández Pura.
- Luis Ángel Arribas Bazán.
Presidió el acto el Sr. Alcalde, D. Manuel Fernández González y actuó como Secretaria, la que lo es de la Corporación, Dª. Mercedes Sánchez Mucientes.
Abierto el acto público por el Alcalde y previa indicación del mismo, se pasa a tratar y debatir los asuntos incluidos en el siguiente:
ORDEN DEL DÍA
PRIMERO. – APROBACIÓN, EN SU CASO, DEL BORRADOR DE ACTA DE LA SESION ANTERIOR.
El Alcalde pregunta a los Concejales si tienen que hacer observaciones al borrador del acta de la Sesión ordinaria del día 20/junio/2022 que les ha sido entregada junto con la convocatoria.
No haciendo ninguna, se aprueba por unanimidad de los asistentes al mismo.
SEGUNDO.- MODIFICACIÓN DEL PROYECTO DE OBRA “PAVIMENTACIÓN DE NUEVA CALLE. FASE 3 -SANTIBÁÑEZ DE VALCORBA (VALLADOLID)-.
El Alcalde informa que ha sido necesario modificar el Proyecto porque las ofertas de ejecución superan por encima de lo permitido el presupuesto de ejecución. Seguidamente informa del contenido del proyecto técnico modificado de “Pavimentación de Nueva Calle. Fase 3” Santibáñez de Valcorba (Valladolid)” redactado por el arquitecto D, Jesús Tovar Casales de fecha, septiembre de 2022, cuyo presupuesto de ejecución asciende a 46.470,59 (IVA incluido).
Se reitera que el documento técnico modificado es, al igual que el proyecto inicial para ejecutar Unidad de Actuación Aislada prevista en las NUM (que contemplan la creación de una nueva calle que partía de la C/ La Fábrica existente, la cual se urbanizó en el año 2010 conforme al proyecto redactado por la Diputación Provincial), una continuación de las obras proyectadas y ya ejecutadas en las Fases 1 y 2. Se prevé la urbanización de las dos Calles nuevas para que ese suelo adquiera la condición de solar.
Se dispone de todas las autorizaciones de particulares para la ejecución de las obras proyectadas; con el fin de asegurar una correcta ejecución de la Nueva calle.
Respecto de la gestión de las Actuaciones Aisladas el R.D. Legislativo 22/2004, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León establece en el artículo 211 que tienen por objeto completar o rehabilitar la urbanización de las parcelas que tengan la condición de suelo urbano a fin de que alcancen la condición de “solar”. En el artículo 212 prevé como uno de los modos de gestión, la “intervención pública”; en cuyo caso asume la condición de urbanizador el Ayuntamiento u otras entidades citadas en el apartado a) del artículo 191 y como tal: Promueve y ejecuta la actuación conforme a la legislación sobre régimen local para las obras públicas ordinarias y financia la actuación completamente, o bien mediante la imposición de un canon de urbanización o contribución especial a los propietarios beneficiados por la actuación. Por tanto y dado que el terreno afectado por las obras es de titularidad municipal en su totalidad y para promover y ejecutar la actuación, la iniciativa es del Ayuntamiento; las actuaciones a realizar son las establecidas en la legislación sobre régimen local.
En su virtud, visto lo dispuesto en el art. 93 del R. D. Legislativo 781/1986, de 18 de abril por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Bases de Régimen Local y (al tratarse de una inversión financiada dentro del Plan Bienal de Cooperación 2022-2023) el contenido de la base 2ª de dicha convocatoria relativa a la necesidad de aprobar los proyectos técnicos referidos a las obras aprobadas, Efectuadas las aclaraciones oportunas y conocido su contenido, por unanimidad de los cinco Concejales asistentes, se ACUERDA:
Primero: Aprobar el Proyecto Reformado cuyas características seguidamente se indican:
Obra: “Proyecto Reformado de Pavimentación de Nueva Calle. Redes -Fase 3- Santibáñez de Valcorba (Valladolid).
Arquitecto: Jesús Tovar Casales.
Presupuesto de ejecución por contrata: 44.240,00 Euros (G. Generales y B. Industrial e IVA incluidos).
Dirección y Coordinación: 2.230,59 Euros (IVA incluido).
Total Presupuesto: 46.470,59 Euros.
Segundo: Asumir el exceso del Presupuesto del proyecto (46.470,59 euros), respecto de la inversión aprobada para estas obras 46.400,00 euros.
Tercero: Publicar el contenido de este acuerdo en el B.O.P. y Tablón de edictos del Ayuntamiento durante el plazo de 20 días hábiles, al objeto de que los interesados puedan examinar el proyecto y presentar, en su caso, las alegaciones que estimen oportunas.
Cuarto: Dar traslado de este acuerdo a la Diputación Provincial, mediante certificación del mismo, al objeto de que se una al expediente; aportando los ejemplares del proyecto previstos en las bases.
Quinto: Transcurrido el plazo de exposición pública, comunicar el resultado de la misma junto al anuncio publicado a la Diputación Provincial.
Sexto: Solicitar a la Diputación la delegación para la adjudicación de la ejecución de las obras (en los términos ya acordados y aceptados por la Diputación respecto del Proyecto inicial).
TERCERO.- MODFICACIÓN PRESUPUESTARIA 4/2022 POR SUPLEMENTO DE CRÉDITOS.
Examinada la propuesta de modificación del presupuesto de gastos Nº 4/2022 presentada por la Alcaldía así como la documentación que la acompaña y visto el informe de Intervención; se debate la conveniencia de incrementar las partidas que figuran en el expediente y además, las partidas de abastecimiento de agua a la Mancomunidad de la Churrería, así como el suministro de electricidad del agua.
Tras las consideraciones oportunas, por unanimidad de los Concejales asistentes, se ACUERDA:
Primero.- Modificar este presupuesto suplementando crédito en las siguientes aplicaciones gastos:
Aplicación | Explicación | Consig. Actual | Incremento/€ | Consignación final |
165/639.00 | Renov. Alumbrado P. Eficiencia Energética | 10.847,84 | 5.000 | 15.847,84 |
165/221.00 | Alumbrado Público | 1.717,43 | 3.000 | 4.717,43 |
171/210.00 | Infraestruc. y B. naturales | 550,61 | 1.000 | 1.550,61 |
338/226.09 | Festejos Populares | 11.392,64 | 11.000 | 22.392,64 |
161/221.01 | Luz Abastec. Agua | 1.104,80 | 700 | 1.804,80 |
161/463.00 | Transf. Manco. Churerria-Agua | 3.510,04 | 3.300 | 6.810,04 |
TOTAL INCREMENTO: 24.000 €
La financiación de este Suplemento de Créditos se hará con cargo a los siguientes recursos:
- Remanente de Tesorería
Aplicación | Explicación | Importe |
870.00
|
Remanente Tesorería G. Generales | 24.000 |
TOTAL FINANCIACION: 24.000 €
Segundo.- Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento durante el plazo de quince días a efectos de que los interesados puedan presentar las reclamaciones que consideren oportunas para la defensa de sus derechos entendiendo que si durante el plazo de exposición no existen reclamaciones el acuerdo se elevará a definitivo.
Tercero.- Una vez que este acuerdo tenga el carácter de definitivo, enviar una copia del expediente a la Comunidad Autónoma y al Ministerio de Hacienda (Servicio de Coordinación con las Haciendas Territoriales) así como publicar en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento los Suplementos de Crédito que se han aprobado y su financiación. La modificación aprobada producirá efectos desde la fecha de la aprobación provisional siempre que se haya producido la publicación a que se refiere el apartado anterior y se incorporará a la contabilidad general a través del correspondiente documento MC o de modificación de créditos y del documento de modificación de las previsiones iniciales del presupuesto de ingresos.
CUARTO.- PROPUESTA DE NOMBRAMIENTO DEL CARGO DE JUEZ DE PAZ SUSTITUTO DE SANTIBÁÑEZ DE VALCORBA (VALLADOLID).
El Alcalde informa al Pleno de la comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León con sede en Burgos registrada el 02/junio/2022, por el que comunica que el día 24 de octubre de 2022 finaliza en su mandato el actual Juez de Paz Sustituto D. Benjamín Alonso Fiz, requiriendo a este Ayuntamiento para que elija a la persona idónea para el cargo que esté dispuesta a aceptarlo.
Vista la convocatoria efectuada por la Alcaldía publicada en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento (que surte efectos también para el Juzgado de Paz de este Municipio), y en el Boletín Oficial de la Provincia, de fecha 20 de junio de 2022 y habiéndose presentado una única solicitud, suscrita por: D. Nicolás Navarro Paniagua.
Atendido que el solicitante se considera persona idónea para el desempeño de dicho cargo.
Sometido el asunto a votación, por cinco votos a favor de los cinco Concejales asistentes, siendo cinco los que legalmente la componen, que representan la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, se ACUERDA:
Primero.- Proponer para el cargo de Juez de Paz sustituto de este Municipio a D.NICOLÁS NAVARRO PANIAGUA, con D.N.I. nº: 12.214.675 L; al considerar que reúne las condiciones de los artículos 102 y 302 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y no está incursa en ninguna de las causas de incapacidad, incompatibilidad o prohibición previstas en los artículos 389 a 397 de la propia Ley.
Segundo.- Dar traslado a la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León con sede en Burgos al objeto de proceder a su nombramiento”.
QUINTO.- APROBACIÓN PROVISIONAL DEL PLAN ESPECIAL DE REFORMA INTERIOR “REHABILITACIÓN Y REGENERACIÓN DEL CASCO URBANO DE SANTIBAÑEZ DE VALCORBA (VALLADOLID).
Visto el expediente tramitado nº 13/2018, promovido por este Ayuntamiento relativo al Plan Especial de Reforma Interior de Santibáñez de Valcorba -Valladolid- y, atendiendo que:
1.- Por Resolución de Alcaldía de fecha, 14 de abril de 2015 se aprobó inicialmente el Plan Especial de Reforma Interior “Rehabilitación y regeneración del casco urbano de Santibáñez de Valcorba -Valladolid-“ C -Valladolid-; tras haberse solicitado los Informes sectoriales previos a que se refiere la entonces vigente Orden FOM/208/2011, de 22 de febrero, por la que se aprueba la Instrucción Técnica Urbanística 1/2011, a la Diputación Provincial, a la Subdelegación del Gobierno, a la Confederación Hidrográfica del Duero, a la D. General de Telecomunicaciones (Ministerio de Industria, Energía y Turismo), a la Agencia de protección Civil y Consumo, al Servicio Territorial de Medio Ambiente de Valladolid, a la Dirección General de Vivienda, Arquitectura y Urbanismo y a la Comisión Territorial de Patrimonio Cultural.
2.- Se inició un periodo de información pública del Proyecto aprobado por plazo de un mes, mediante la publicación de anuncios en el diario “El Día” -edición de Valladolid-, en el Boletín Oficial de la Provincia y Tablón de edictos y página web del Ayuntamiento; sin que durante dicho plazo se hayan presentado alegaciones, reclamaciones y/o sugerencias.
3.- Constan en el expediente, como posteriores a la aprobación inicial, los siguientes Informes:
2/diciembre/2015
09/septiembre/2016 |
S. Territorial de Fomento: Desfavorable
S. Territorial de Fomento: Favorable. |
18/mayo/2015
10/noviembre/2016 |
Diputación.
Diputación: No tiene repercusión en carreteras de su ámbito competencial. |
06/mayo/2015 | Subdelegación del Gobierno en Valladolid: Desfavorable. |
12/junio/2015 | Confederación Hidrográfica del Duero: Favorable. |
22/mayo/2015
02/diciembre/2016 |
Dirección General de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información: Desfavorable.
Dirección General de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información: Favorable |
06/mayo/2015
10/octubre/2015 |
Agencia de Protección Civil: Riesgos bajos, muy bajos y moderados.
Agencia de Protección Civil: Riesgos bajos y moderado y sin delimitar. |
19/mayo/2015
18/diciembre/2015 16/diciembre/2016 |
C. Territorial de Patrimonio Cultural (S. T. de Cultura): Indica que falta el catálogo arqueológico; dejando pendiente la emisión del Informe.
C. T. Patrimonio Cultural: Favorable. C. T. Patrimonio Cultual: Favorable. |
18/noviembre/2020 |
Dirección General de Vivienda, Arquitectura y Urbanismo: Informe sobre los aspectos que debe contemplar el PERI. No se pronuncia sobre su carácter favorable o desfavorable |
05/diciembre/2017 | Servicio Territorial de medio Ambiente: Favorable. |
4.- Vistos los informes recibidos (obrantes en el expediente), se introdujeron modificaciones sustanciales en el Proyecto para ajustarse a los mismos; procediéndose a abrir un nuevo periodo de información pública de un mes conforme a la Resolución de fecha, 24 de octubre de 2016, mediante inserción de anuncios en diario “El Día” -edición de Valladolid- y en el Tablón de edictos y página web del Ayuntamiento; sin que conste que durante dicho plazo se presentaran alegaciones, reclamaciones y/o sugerencias.
5.- A tenor de la documentación presentada y del informe jurídico emitido, el Plan Especial de Reforma Interior “Rehabilitación y regeneración del casco urbano de Santibáñez de Valcorba -Valladolid-“ se somete a aprobación provisional por el Pleno de la Corporación, no desprendiéndose la existencia de causa alguna que represente perjuicio para el interés general.
6.- La aprobación provisional es competencia del Pleno de la Corporación, conforme a lo dispuesto en la legislación sobre régimen local (artículos 22.2 c) de la Ley 7/1985, de 2 de abril. Reguladora de las Bases del Régimen Local (en la nueva redacción dada por el Real Decreto Legislativo 7/2015 de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la ley del Suelo y Rehabilitación Urbana). La aprobación definitiva corresponde a la Comisión de Medio Ambiente y Urbanismo de Valladolid (art. 163 del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León).
Debatido el asunto, por cuatro votos a favor y la abstención del Sr. Mozo Caamaño; se ACUERDA:
Primero.- Aprobar provisionalmente el Plan Especial de Reforma Interior “Rehabilitación y regeneración del casco urbano de Santibáñez de Valcorba -Valladolid-“.
Segundo.- Remitir al órgano competente de la Administración de la Comunidad Autónoma (Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo de Valladolid), el Plan Especial de Reforma Interior de Santibáñez aprobado; incluyendo el expediente administrativo original o copia compulsada del mismo, junto con dos ejemplares de la documentación técnica y su correspondiente soporte informático, para su aprobación definitiva si procede. En toda la documentación impresa que se remita para su aprobación definitiva debe constar diligencia del Secretario del Ayuntamiento, acreditativa de que la misma se corresponde con la que fue aprobada provisionalmente.
Tercero.- Declarar que el presente acuerdo, por ser de trámite, no agota la vía administrativa, conforme a lo dispuesto en el art. 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
SEXTO.- CUENTA GENERAL DEL EJERCICIO 2021.
Visto el expediente de la Cuenta General correspondiente al ejercicio económico 2022 en el que consta la documentación prevista en el Título IV de la Orden EHA/4040/2004, de 23 de noviembre por la que se aprueba la instrucción del modelo básico de contabilidad local, el Informe de Intervención y el dictamen favorable de la Comisión Especial de Cuentas, adoptado en Sesión de fecha, 20 de junio de 2022.
Publicado el anuncio en el B.O.P. de fecha, 7 de julio de 2022 y Tablón de Edictos del Ayuntamiento y de su sede electrónica, durante el plazo de exposición pública no se han presentado alegaciones.
Considerando que el artículo 212.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales atribuye al Pleno la competencia para su aprobación, sometido el punto a aprobación, por unanimidad de los cinco Concejales asistentes, se ACUERDA:
Primero.- Aprobar la Cuenta General del Ayuntamiento correspondiente al ejercicio 2021 en los términos y con la documentación que consta en el expediente.
Segundo.- Rendir la citada cuenta al Consejo de Cuentas de Castilla y León de acuerdo con lo previsto en el artículo 8 de la Ley 2/2002, de 9 abril, reguladora del Consejo de Cuentas de Castilla y León.
SÉPTIMO.- DETERMINACIÓN FIESTAS LOCALES AÑO 2023.
De conformidad con lo dispuesto en el art.46 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, sobre regulación de las jornadas de trabajo, jornadas especiales y descansos y el Decreto35/2022, de 23/septiembre/2022 de septiembre, por el que se establece el calendario de fiestas laborales en el ámbito de la C. A. de C. y L. (BOCyL de fecha, 23/09/2022) y se dispone acordar dos días de fiestas locales a los municipios de la Comunidad; por unanimidad de Concejales se ACUERDA:
Primero.- Determinar cómo Fiestas Locales de este municipio para el año 2023, los días:
- 28 de agosto, lunes; festividad de Ntra. Sra. del Rosario.
- 27 de diciembre, miércoles; festividad de San Juan Evangelista.
Segundo.- Dar traslado de este acuerdo a la Oficina Territorial de Trabajo de Valladolid, mediante certificación del mismo, al objeto de incluirse en el calendario laborar de fiestas locales de Castilla y León para 2023.
OCTAVO.- DECRETOS E INFORMES DE ALCALDÍA.
El Alcalde informa de los decretos adoptados desde la última Sesión ordinaria celebrada, que son:
– Decreto nº 26/2022, de 27 de junio; por el que se solicita a la Diputación una subvención de 2.516 euros para las obras de “Reforma y mantenimiento de la Iglesia de San Juan Evangelista”, se aprueba la memoria valorada y se adquiere el compromiso de consignación presupuestaria para atender a la financiación de las mismas.
– Decreto nº 27/2022, de 11 de julio; por el que se solicita al SEPE de CyL una subvención para la contratación de 2 peones a media jornada durante un periodo de 180 días, al amparo de la convocatoria de subvenciones de apoyo a la contratación temporal de desempleados para la realización de obras y servicios (BOCyL de fecha, 4/julio/2022).
– Decreto nº 28/2022, de 27 de julio; por el que se estima lo solicitado en el recurso interpuesto contra la licencia de segregación de la finca urbana de Pza. Mayo, 4 (anterior numeración en escritura pública), confirmando el Decreto de fecha, 25/marzo/1993 por el que se resuelve la licencia de segregación de la citada finca.
– Deceto nº 29/2022, de 22 de agosto; por el que se concede licencia de segregación y agrupación de la finca urbana sita en la C/ Jorge Guillén, 4 y se agrega a la finca urbana de C/ Jorge Guillén, 2.
– Decreto nº 30/2022, de 21 de septiembre; por el que se aprueba la factura presentada por Electricidad Esteban y Velasco, S.L. en concepto de Instalación de 14 luminarias led en diversas Calles, por importe de 10.152,16 € (IVA incluido).
La Corporación se da por enterada.
El Alcalde informa de los siguientes asuntos:
1.- El proceso de Concentración Parcelaria en el municipio está paralizado porque hay un número de Parcelas importantes de las que se desconoce la titularidad; sobre todo, aquéllas donde existe construida alguna edificación y que afectan al Sector 1. Además, hay otras que carecen de título de propiedad, exigiéndose por Estructuras Agrarias cualquier documento que acredite la titularidad privada; porque de lo contrario pasarán a “desconocidos” pasando a ser propiedad del Estado. Por ello, remitirán la relación de Parcelas en tal situación a fin de que se informe y se dé a conocer a los vecinos para que puedan aportar cualquier título de pertenencia.
2.- Se ha registrado en el Registro de la Propiedad de Peñafiel la titularidad municipal de la Parcela del Pozo Garbancero.
NOVENO.- MOCIONES DE ALCALDÍA “INSTAR AL GOBIERNO LA ADOPCIÓN DE MEDIDAS URGENTES PARA PALIAR LOS EFECTOS AMBIENTALES Y ECONÓMICAS DERIVADOS DE LOS INCENDIOS FORESTALES DURANTE EL MES DE JULIO DE 2022” y “POR LA RETIRADA DEL MAPA CONCESIONAL ESTATAL DE TRANSPORTE POR CARRETERA”.
Presentadas al Pleno las mociones que se indican, se somete a votación con el siguiente resultado:
“Instar al Gobierno la adopción de medidas urgentes para paliar los efectos ambientales y económicos derivados de los incendios forestales durante el mes de julio de 2022”.
Dada lectura a su contenido, por unanimidad de los cinco Concejales asistentes, se ACUERDA:
Expresar el apoyo incondicional de esta Corporación a todas las fuerzas que trabajan incansablemente en su extinción, e instar al Presidente del Gobierno y a la Ministra de Transición Ecológica y Reto Demográfico a adoptar las decisiones necesarias para paliar los efectos catastróficos de los incendios en España; y en concreto a:
1.- Elaborar un informe con la evaluación de todos los incendios forestales que han afectado a las distintas Comunidades Autónomas durante el mes de julio de 2022, determinando su alcance y a activar las ayudas derivadas de la situación de emergencia o naturaleza catastrófica, especialmente los calificados como “gran incendio” o que hayan afectado a la población o espacios naturales singulares.
2.- Analizar la declaración de zona gravemente afectada por una emergencia de protección civil, conforme al procedimiento establecido en la Ley 17/2015, de 9 de julio, en los municipios afectados por los incendios forestales sucedidos durante el mes de julio de 2022.
3.- En atención a la declaración de zona afectadas gravemente por una emergencia de protección civil, aplicar las medidas dispuestas en el art. 24 de la Ley 17/2015, de 9 de julio.
4.- Evaluar, si procede, las medidas excepcionales de autorización de reducción de los índices de rendimiento neto de las explotaciones y actividades agrarias realizadas en las zonas siniestradas.
5.-Colaborar, con las administraciones competentes, en la realización de los trabajos de restauración forestal y ecológica de las áreas afectadas por los incendios y coordinar las medidas de carácter preventivo, para evitar la repetición de situaciones similares.
6.- Que el Gobierno comunique a los Ayuntamientos afectados su decisión sobre la aprobación de las medidas de ayudas aplicadas de cara a la previsión de presupuestos municipales.
7.- Llevar a cabo la coordinación y seguimiento de las medidas para lograr su máximo apoyo, creando una comisión de coordinación según lo dispuesto en el art. 25 de la Ley 17/2015, de 9 de julio.
8.- Solicitar las ayudas que el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea pone a disposición de los Estados para compensar las pérdidas y daños causados por los incendios y sus consecuencias.
9.- Habilitar los protocolos de contingencia que permitan la participación de otras unidades del ejército, diferentes del operativo de intervención propio en los supuestos de grave riesgo, catástrofe, calamidad u otras necesidades públicas, para reforzar las labores de prevención, apoyo a la extinción y extinción de los incendios forestales y/o como operativo de vigilancia y disuasión.
Dar traslado de este acuerdo al Presidente del Gobierno de España, a la Vicepresidenta tercera del Gobierno y Ministra de Transición Ecológica y Reto Demográfico y a la Ministra de Defensa, así como a los Portavoces de los Grupos parlamentarios de las Cortes Generales y a la Junta de Gobierno de la FEMP.
“Por la retirada del mapa concesional estatal de Transporte por Carretera”.
Conocido su contenido, por unanimidad de los Concejales asistentes se ACUERDA:
Instar al Gobierno de España, y en concreto al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, a que retire el Mapa Concesional Estatal de Transporte por Carretera presentado por este Ministerio, y que abra un proceso de diálogo con las CC.AA., Diputaciones Provinciales y Ayuntamientos, así como con los representantes del sector público por carretera orientados a la elaboración de un nuevo mapa concesional que teniendo en cuenta los principios de sostenibilidad económica y social, cohesión territorial, reto demográfico y digitalización, sirva para atender de igual modo las necesidades de todos los ciudadanos con independencia de su lugar de residencia, sin discriminar, por tanto, a quienes viven el medio rural.
RUEGOS Y PREGUNTAS.
Preguntando el Alcalde a los Concejales si desean hacer algún ruego o formular preguntas; interviene el Sr. Escalante para indicar que el electricista marcará el trayecto del cableado en el parque para su iluminación de acuerdo con las instrucciones que le dé el operario del Ayuntamiento, que es quién mejor conoce el trazado.
Y no habiendo más puntos que tratar el Alcalde levanta la Sesión, siendo las catorce horas y treinta minutos del día de la fecha indicada; de todo lo cual cómo Secretaria doy fe.
Santibáñez de Valcorba, a 26 de septiembre de 2022